AYUDA BF LEY - FACT

Pantalla de Expedientes

1. Ficha GENERAL

Todos los DATOS son de inclusión opcional, si bien se recomienda siempre el rellenar el Campo referencia Propia, para facilitar la localización e identificación de los expedientes.

El campo "Referencia Propia": Para introducir la referencia que quiera dársele al expediente.

El campo "procedimiento": Puede escogerse uno de la lista o bien poner otro no incluido.

Referencia Juzgado: Para introducir la referencia dada por el Juzgado al asunto: Por ejemplo: 131 Ley Hipotecaria 6/1999. Los datos del Juzgado aparecen entre los de los implicados en el asunto o expediente.

Fecha Inicio: Haga clic aparece un calendario, con el día de la fecha por defecto, son admisibles todas las fechas. Puede también rellenar la fecha a mano con el siguiente formato: día/mes/año.

Fecha Fin: Si se rellena este campo el expediente quedará archivado en expedientes cerrados. Ver: Expedientes Cerrados.

Cuantía: en Pesetas o Euros: Para modificar la moneda pulse encima del símbolo de la misma. La cuantía se refiere a la cuantía del asunto no a la valoración de los trámites. El concepto cuantía es análogo al concepto "valor" del artículo 489 de la LEC.

Actuación por: O bien se escoge una de las opciones (poder, mandato o apud acta) o se puede rellenar con otra expresión.

Datos del Poder: Protocolo, Poder, Fecha (Pulsando sobre el icono con puntos se lanza el calendario). En cuanto a los datos del Poder son de relleno opcional, como todos los campos.

Notario: Al pulsar sobre el icono se lanza una pantalla en la que están todos los datos del Notario.

Estos datos pueden ser exportados e importados de las fichas Datos de forma automática pulsando sobre.

Los implicados Principales:

Para completar los datos de estos, haga clic encima del cuadro con puntos.

1.1 Las Fichas Historial:

Dentro de cada expediente podrá rellenar una ficha para cada implicado. Estas fichas quedan ligadas al expediente, y no pueden modificarse mas que entrando desde el expediente al que están ligadas. Si alguna de las fichas le es de utilidad general - independientemente del expediente de procedencia - o desea usarla para otro expediente, deberá exportar esa ficha a DATOS.

Ver "DATOS".

Las fichas históricas de cada expediente aún importándose de DATOS quedan fijas. Si posteriormente cambia una ficha en DATOS que anteriormente vinculó a un expediente esta última no cambia.

RECUERDE: Si posteriormente cambia en DATOS la ficha de por ejemplo un cliente ( Una Empresa que cambia de domicilio social) los datos de ese cliente en un expediente anterior NO CAMBIAN.

Los expedientes una vez cerrados quedan petrificados, así años después de su conclusión podrá revisionarlo tal y como fue, de forma análoga al archivo en papel de cualquier despacho.

Relleno automático letra NIF: Al rellenar el campo para el DNI con un número de 8 dígitos y hacer clic encima del botón con puntos la letra del NIF aparecerá automáticamente. Si pone más o menos dígitos o incluye letras estas no serán cambiadas aún haga clic el botón, por cuanto puede emplear el campo DNI para un número de pasaporte extranjero un CIF o un permiso de residencia.

Una vez rellenada la ficha podrá exportarla a Datos. "Exportar Datos a Fichas Datos" duplica la ficha, exportándola, ello es útil si prevé que va a trabajar en el futuro con esa misma persona en expedientes posteriores. Evitando así volver a teclear los datos, al poder en el futuro Importarla de Datos.

Si ya tuviera la ficha completada total o parcialmente en DATOS, haga clic encima del botón "Importar ficha de datos" le aparece el listado, escogiendo la ficha que quiere importar al expediente. RECUERDE: Si posteriormente cambia en DATOS la ficha de por ejemplo una Notaria al haberse jubilado o trasladado el Notario NO CAMBIA la Ficha del Notario en el Expediente. Los expedientes una vez cerrados quedan petrificados, así años después de su conclusión podrá revisionarlo tal y como fue, de forma análoga al archivo en papel de cualquier despacho.

Los Juzgados: Al hacer clic en el icono sale en formato tabla una lista de TODOS los órganos Judiciales del Estado, seleccione uno, y los datos serán copiados en el expediente.

Otros Implicados: Pulsando en el icono permite rellenar más implicados en el expediente, tales como Coadyuvantes, terceros, responsable civil u otro.

En esta ficha tienen cabida todos los implicados en un expediente que no están en la ficha general, tales como coadyuvantes, terceros, responsable civil subsidiario, compañías de seguros en algunos supuestos. Etc.

Para rellenar la ficha pulse en el icono aparecerá entonces una pantalla flotante, si pulsa sobre los iconos importar o exportar de datos, podrá escoger si quiere importar/exportar como Otros, Colaboradores Propios o Colaboradores Contrarios.

En esta pantalla "Terceros y otros en el Expediente" tiene los campos siguientes:

Nombre

Función: Puede rellenarla bien con los conceptos predefinidos bien con otros. Para visualizar los conceptos predefinidos pulse encima del botón de la derecha.

Teléfono, Fax y nota.

El último campo "Nota" es un campo de texto de gran tamaño, una vez relleno aparecerá una barra de desplazamiento vertical para poder desplazar el texto cuando este sea más largo que el campo.

Una vez rellenados los campos, pulse en el botón "OK" para actualizar y salir.

PUEDE RELLENAR TANTAS FICHAS COMO DESEE. EL NÚMERO DE REGISTROS EN LA FICHA "TERCEROS Y OTROS" ES ILIMITADO.

De cada ficha rellena aparecerá en la pantalla un registro.

Para volver a ver y en su caso modificar una ficha pulse encima de la descripción del tipo de interviniente.

Al tener un número de registros o líneas superior a la capacidad vertical de la pantalla aparecerá una barra de desplazamiento vertical.

Moneda del Expediente y Total pendiente de cobro.

Expediente que se factura en ptas./euros. :

En la parte inferior de la pantalla tiene la moneda en la que se factura el expediente.

Por defecto la moneda es la PESETA.

SI MODIFICA LA MONEDA pulsando primero el icono modificar y luego encima del símbolo de la moneda TODAS LAS CUENTAS DEL EXPEDIENTE pasan a la otra moneda . De PTAS a EUROS se calcula el cambio a 166.386 ptas. y se aplican las reglas de redondeo prevista en el artículo 11 de la LEY 46/1998, de 17 de diciembre SOBRE INTRODUCCIÓN DEL EURO. (BOE 18 de diciembre 1998. Núm. 302)

Esta Ley y el Plan de transición al Euro los puede encontrar en el Visor de Legislación BF - Ley Legisconsult.

ATENCIÓN: SI MODIFICA LA MONEDA TODOS LOS VALORES PASAN A LA OTRA MONEDA.

Para facilitar la transición al EURO ( periodo transitorio que finaliza el 31 de diciembre del año 2001) y debido a la duración de los procesos judiciales se ha facilitado la posibilidad de conversión dentro de un mismo expediente, o dentro de una misma facturación en un expediente.

Por ello le rogamos PRESTE ATENCIÓN a que la moneda en la que se factura el Expediente y los diferentes conceptos de cada Minuta, Factura y Provisión se realicen el la misma moneda.

CUANDO EN SU DESPACHO SE PASE DE LA UNIDAD DE CUENTA PESETA A LA UNIDAD DE CUENTA EURO puede:

  1. O modificar la moneda en los expedientes abiertos, PERO PRESTANDO ATENCIÓN A QUE LAS PARTIDAS DE LAS MINUTAS Y FACTURAS se realicen en Euros.
  2. Concluir los expedientes y cerrarlos en Pesetas, y reabrir en un Expediente Nuevo en EUROS las cantidades aún no facturadas de los Expedientes abiertos.

TOTAL PENDIENTE DE COBRO

En la parte inferior derecha de la pantalla aparece el total pendiente de cobro.

La moneda en la que aparece es la del Expediente. El TOTAL se calcula a partir de:

Las Provisiones solicitadas menos las ya satisfechas.

Las Minutas entregadas menos las Provisiones satisfechas.

Las Facturas entregadas menos las Minutas y Provisiones ya pagadas.

Se diferencia entre Minutas y Facturas cobradas y pendientes de cobro debido a que hay profesionales que únicamente expiden Minutas, siendo equivalentes estas a las Facturas, y otros expiden Minutas equivalentes a una solicitud de pago, expidiendo solo la Factura como comprobante del Pago una vez realizado este.

Ver "Estado de Cuentas"